[Auto] Gestión de Derechos de Autor y Registro de Obras

Llevo tiempo pensando en publicar algunos trabajos bajo alguna licencia libre, pero no tengo mucha idea del procedimiento que debo seguir. Me consta que muchas personas en mi misma situación (en las que yo me incluyo) adjuntan la coletilla de la licencia que han elegido (en muchos casos incluso inventada por ellos) y sueltan la obra en Internet, pero ¿es esto suficiente?. Desde mi punto de vista no, aunque mis conocimientos sobre derechos de autor y propiedad intelectual son escasos…

Estaba mirando por la red diferentes posibilidades que nos permiten registrar nuestra obra de forma telemática, y estas son las distintas posibilidades que conozco:

  • Creative Commons, donde podremos registrar nuestra obra de acuerdo a alguna de estas licencias, e incluso bajo licencia BSD, GPL, LGPL y/o Dominio Público. En este caso he echado en falta la Licencia de Documentación Libre FDL o GFDL
  • ColorIURIS, a través de la cual podemos registrar nuestras obras creo que solo bajo alguna de sus licencias, en base a un código de colores y logotipos. Para lo que yo busco esta solución no me convence porque por lo que he leído, prestan algunos servicios gratuitos pero luego tienen otros de pago al más puro estilo Shareware. Quizás sea interesante para aquellas personas que quieran defender su obra a toda costa, pero no para pequeños trabajos que lo único que nos interesa es que se conserve la autoría de la obra a poder ser de buena fe.
  • Safe Creative, que no dispone de licencias propias pero que permite registrar nuestras obras en base a muchas licencias, y por lo que he estado mirando incluyen aquellas que me interesan como son las Creative Commons, GPL, LGPL y FDL, aunque se echa en falta Dominio Público.

A parte de estas no conozco otras, pero posiblemente las haya. No obstante para lo que yo necesito creo que con Creative Commons o Safe Creative estoy más que servido, por lo que ya no tengo excusa para no empezar a liberar trabajo :p

Esta entrada tiene un comentario

  1. Isi

    Hola

    Yo estoy en tu misma situación, así que cualquier información al respecto será bienvenida.
    Por lo que yo he entendido, después de mucho leer aquí y allá, hay que distinguir la licencia del registro.

    Por licencia entiendo que es el contrato, según el cual los demás pueden utilizar tus obras. Pej. CC o lo que sea.

    Ahora bien, una vez que tú decides usar una determinada licencia (y así lo haces saber,pej. en tu documento) ¿cómo te aseguras de que nadie va a coger tu documento y crear otro, diciendo que es suyo? Aquí es donde, entiendo, entran las entidades de Registro, como son Safe Creative y Coloriuris. Cuando tú registras tu obra ahí, lo que estás diciendo es que tú, en una determinada fecha, estabas en posesión de esa obra. Si sospechas que alguien te ha plagiado, entiendo que delante del juez puedes decir «La entidad de registro X garantiza que yo estaba en posesión de esta obra en esta fecha ¿puede la otra parte demostrar lo mismo?» Como la respuesta debería ser NO, pues te tendrán que dar la razón. La pregunta que surge es ¿cómo sabe la entidad de registro X que tú eres realmente el autor? Bueno, al aceptar las condiciones de uso de la entidad de registro X, has admitido que tú eres el autor de las cosas que registras. Si no es así, estás cometiendo un acto ilegal. La diferencia que creo que existe entre Safe Creative y Coloriuris es que la primera no dispone de contratos propios, mientras que la segunda sí.

    Otra cosa es saber si estas entidades de registro son de fiar. Al fin y al cabo, son sitios de los que no sabes quien hay detrás. Sí, ya sé que están registrados, dados de alta y todo eso pero ¿eso evita el fraude? Y es que a veces tengo el chip «paranoico» puesto siempre a on 🙂

    Una solución alternativa que había pensado era (yo solo trabajo con PDFs) firmar digitalmente con mi DNI-e y añadir información de un servidor de Timestamping (TSA) reconocido por la legislación española. Creo que con eso sería suficiente. El problema es que no encuentro ningún TSA que trabaje en España con particulares (pej la FNMT sería un buen candidato, pero sólo suministra sellos de tiempo a empresas)

    Lo dicho, a ver si entre todos nos aclaramos con este tema 🙂

    Gracias

    Isi

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